Fondos de sucesión: todo sobre el desbloqueo en el notario y los pasos esenciales para herederos
La gestión de una herencia implica múltiples trámites administrativos y legales que pueden resultar complejos para quienes acaban de perder a un ser querido. Conocer el proceso de desbloqueo de fondos sucesorios y entender el papel que desempeña el notario resulta esencial para que los herederos legales puedan acceder a los activos financieros del fallecido de manera correcta y dentro de los plazos establecidos por la normativa española.
El papel fundamental del notario en la gestión de fondos sucesorios
El notario desempeña un rol central en todo el proceso sucesorio en España. Su intervención garantiza que la distribución de los bienes y activos financieros se realice conforme a la voluntad del fallecido cuando existe testamento, o según las normas de sucesión intestada cuando no lo hay. La figura notarial actúa como garante de la legalidad y transparencia en todas las fases del procedimiento hereditario.
Las competencias legales del notario en el proceso sucesorio
Las competencias legales del notario en materia de herencias son amplias y fundamentales. Este profesional del derecho tiene la capacidad de interpretar testamentos, asesorar sobre la correcta aplicación de las normas sucesorias y preparar toda la documentación necesaria para que los herederos puedan acreditar sus derechos ante las entidades bancarias y demás instituciones. Además, el notario supervisa que el reparto de los bienes se ajuste a la legislación vigente y puede ayudar a los herederos a comprender las implicaciones fiscales de la herencia, especialmente en lo relativo al Impuesto de Sucesiones y Donaciones que varía significativamente según la comunidad autónoma donde se tramite el proceso.
La intervención notarial obligatoria para el desbloqueo de activos
La intervención del notario resulta imprescindible para desbloquear los activos financieros del fallecido. Cuando no existe testamento, el notario debe elaborar la declaración de herederos abintestato, documento sin el cual los bancos no permitirán el acceso a los fondos. Este trámite puede tener un coste que oscila entre doscientos y trescientos euros o más, dependiendo de la complejidad del caso. Una vez establecida la relación de herederos, el notario prepara la escritura de aceptación de herencia, que constituye el documento clave para que las entidades bancarias procedan al desbloqueo de las cuentas y demás productos financieros. Sin este respaldo notarial, los herederos no podrán disponer legalmente del patrimonio que les corresponde.
Gestión de fondos bancarios tras el fallecimiento del titular
El momento del fallecimiento marca el inicio de un periodo en el que los fondos bancarios del difunto quedan bajo una protección especial. Esta medida no busca perjudicar a los herederos legales sino evitar que personas no autorizadas puedan apropiarse indebidamente del dinero antes de que se determine quiénes son los legítimos beneficiarios de la herencia.
Bloqueo automático de cuentas y productos financieros
Cuando una entidad bancaria recibe la notificación del fallecimiento de uno de sus clientes, procede de forma inmediata al bloqueo temporal de todas sus cuentas. Este procedimiento se aplica tanto a cuentas individuales como a aquellas que el fallecido mantenía junto con otros titulares. En el caso de cuentas mancomunadas, se requiere la firma de todos los herederos para realizar cualquier operación, mientras que en las cuentas indistintas el cotitular superviviente puede seguir operando, aunque solo sobre la parte que legalmente le corresponde, generalmente el cincuenta por ciento del saldo. Durante este periodo de bloqueo, la cuenta puede seguir atendiendo algunos cargos domiciliados esenciales, aunque el banco suele devolver los recibos para que los herederos los gestionen desde otra cuenta. Intentar retirar dinero sin la debida autorización constituye un delito de apropiación indebida que puede conllevar penas de prisión de seis meses a tres años, aumentando de uno a seis años si la cantidad supera los cincuenta mil euros.
Tipos de activos financieros incluidos en la herencia
El patrimonio financiero de una persona fallecida no se limita únicamente al dinero en efectivo depositado en cuentas corrientes. También forman parte de la herencia otros productos como depósitos a plazo, inversiones en fondos o acciones, seguros de vida y cualquier otro instrumento financiero que estuviera a nombre del difunto. Todos estos activos deben ser inventariados y declarados como parte de la relación de bienes que se presenta ante el notario. Las entidades bancarias proporcionan un certificado de posiciones bancarias que detalla todos los productos financieros del fallecido, así como los movimientos del último año, información que los herederos pueden solicitar sin coste alguno. Este documento resulta fundamental para tener una visión completa del patrimonio a heredar y para realizar correctamente la liquidación del Impuesto de Sucesiones.
Documentación necesaria para iniciar el proceso de desbloqueo

Reunir la documentación adecuada constituye el primer paso práctico que deben dar los herederos para poder acceder a los fondos del fallecido. Sin estos documentos, las entidades bancarias no podrán verificar la legitimidad de las reclamaciones y, por tanto, mantendrán el bloqueo sobre las cuentas y demás productos financieros.
Certificados obligatorios y documentos de identidad requeridos
El conjunto de documentos que los herederos deben presentar ante el banco incluye varios certificados oficiales. En primer lugar, el certificado de defunción emitido por el Registro Civil, que acredita el fallecimiento de la persona. A continuación, resulta imprescindible obtener el certificado de últimas voluntades, que indica si el fallecido otorgó testamento y ante qué notario lo hizo. Si existe testamento, se debe aportar una copia autorizada del mismo; en caso contrario, será necesaria la declaración de herederos abintestato realizada ante notario o judicialmente. Además, los herederos deben presentar sus propios documentos de identidad, el DNI de cada uno de ellos, así como la escritura de aceptación de herencia que formaliza ante notario la voluntad de aceptar el patrimonio del fallecido. Por último, el banco exigirá el justificante de liquidación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, que demuestra que se han cumplido las obligaciones fiscales correspondientes.
Plazos legales para la presentación de la documentación
El marco temporal para completar todos los trámites relacionados con una herencia está sujeto a plazos legales que deben respetarse estrictamente. El plazo más relevante es el establecido para la liquidación del Impuesto de Sucesiones, que debe presentarse dentro de los seis meses posteriores al fallecimiento. Existe la posibilidad de solicitar una prórroga de otros seis meses, aunque esta ampliación conlleva el pago de intereses. No cumplir con este plazo puede acarrear sanciones económicas importantes y complicaciones adicionales en el proceso. En cuanto al desbloqueo de las cuentas bancarias por parte de la entidad, no existe un plazo fijo establecido por ley, pero habitualmente el banco procede a liberar los fondos en pocos días o semanas una vez que ha verificado que toda la documentación presentada está en orden. Los herederos disponen de hasta veinte años para reclamar los fondos del fallecido; transcurrido ese periodo sin que nadie los reclame, el dinero podría pasar a manos del Tesoro Público como última instancia.
Procedimiento completo para herederos ante el notario
Una vez reunida toda la documentación necesaria, comienza la fase activa del proceso sucesorio en la que los herederos deben seguir una serie de pasos secuenciales para formalizar la aceptación de la herencia y acceder finalmente a los fondos bancarios del fallecido.
Pasos secuenciales desde la aceptación de herencia hasta el acceso a fondos
El procedimiento comienza con la comunicación del fallecimiento al banco mediante la presentación del certificado de defunción, lo que activa el bloqueo de las cuentas. Paralelamente, los herederos deben solicitar el certificado de últimas voluntades y localizar el testamento si existe. En ausencia de testamento, será necesario iniciar la declaración de herederos abintestato ante notario, proceso que determina quiénes son los herederos legales según el orden de parentesco establecido por la ley. Una vez identificados los herederos, se procede a realizar el inventario de bienes, que incluye tanto activos como posibles deudas del fallecido. Con toda esta información, el notario prepara el cuaderno particional o acta de adjudicación de herencia, documento que debe ser firmado por todos los herederos y que especifica cómo se reparte el patrimonio entre ellos. Este documento, junto con la escritura de aceptación de herencia, se presenta ante la entidad bancaria. El banco verifica toda la documentación, elabora un informe interno y prepara un documento de conformidad que nuevamente requiere la firma de todos los herederos. Una vez completado este proceso, que puede extenderse varias semanas o incluso meses dependiendo de la complejidad del caso, el banco procede a transferir el dinero a cada heredero según la proporción que le corresponda y cierra definitivamente la cuenta original del fallecido.
Liquidación de impuestos y distribución final entre herederos
La liquidación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones constituye un paso ineludible antes de poder acceder a los fondos heredados. Este tributo varía considerablemente según la comunidad autónoma donde se tramite la herencia, el grado de parentesco con el fallecido y el monto total heredado. Algunas comunidades autónomas ofrecen bonificaciones que pueden alcanzar hasta el noventa y nueve por ciento para herencias en línea directa, lo que reduce significativamente la carga fiscal. Es importante destacar que heredar dinero no genera obligaciones ante el IRPF para el heredero, siendo el Impuesto de Sucesiones el único relevante en este contexto. Existen excepciones legales que permiten utilizar parte de los fondos bloqueados para pagar precisamente este impuesto, así como para cubrir gastos de sepelio u otras obligaciones fiscales inmediatas, siempre con el acuerdo de todos los herederos. Si la situación financiera de los herederos lo requiere, pueden solicitar a Hacienda un aplazamiento o fraccionamiento del pago del impuesto. Una vez liquidadas todas las obligaciones fiscales y presentada la documentación completa al banco, este procede a la distribución final de los fondos entre los herederos según lo establecido en el testamento o en la declaración de herederos. Si el fallecido tenía algún préstamo pendiente, la deuda pasa a ser responsabilidad de la herencia y el banco podría compensar parte del dinero de la cuenta para cubrir cuotas vencidas. La comunicación constante entre todos los herederos resulta fundamental durante todo el proceso para lograr acuerdos prácticos y justos, evitando conflictos familiares que pueden prolongar innecesariamente los trámites y generar tensiones adicionales en un momento ya de por sí difícil.